Cómo Constituir una SAS en Colombia: Guía Completa 2026

Guía paso a paso para crear una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) en Colombia en 2026. Requisitos, costos, documentos y tiempos actualizados.

6 min de lectura·febrero de 2026
Cómo Constituir una SAS en Colombia: Guía Completa 2026

¿Qué es una SAS y por qué es la mejor opción en Colombia?

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es el tipo societario más utilizado en Colombia desde su creación con la Ley 1258 de 2008. Más del 95% de las nuevas empresas registradas en el país eligen este modelo, y no es casualidad.

¿No estás seguro de si ya es tu momento de constituir? Lee nuestro artículo sobre las 7 señales que indican que debes formalizar.

La SAS ofrece ventajas únicas frente a otros tipos societarios como la Sociedad Limitada (Ltda.) o la Sociedad Anónima (S.A.): se puede constituir con un solo accionista, no requiere junta directiva obligatoria, permite definir libremente la estructura de gobierno corporativo, y limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes.

Para extranjeros e inversores internacionales, la SAS es la estructura más eficiente: admite un solo accionista, no exige presencia física para la mayoría de los trámites, y tiene la estructura de capital más flexible del sistema societario colombiano.

En números: Más del 95% de las nuevas empresas en Colombia elige la SAS. Un solo accionista es suficiente. Sin mínimo de capital. Sin escritura pública. Válida para extranjeros con pasaporte.

Requisitos para constituir una SAS en Colombia

Antes de iniciar el proceso, necesitas tener definidos estos elementos fundamentales:

Nombre de la empresa: Debe ser único y estar disponible en el Registro Único Empresarial y Social (RUES). Puedes verificar la disponibilidad en línea en www.rues.org.co. El nombre debe terminar en "S.A.S." o "Sociedad por Acciones Simplificada".

Objeto social: En una SAS puede ser indeterminado, lo que significa que la empresa puede realizar cualquier actividad lícita de comercio. Sin embargo, recomendamos definir un objeto social específico para mayor claridad ante bancos e inversionistas.

Capital: Se divide en tres categorías: capital autorizado (máximo que puede emitir la empresa), capital suscrito (lo que los accionistas se comprometen a pagar) y capital pagado (lo efectivamente aportado). No hay un mínimo legal de capital.

Domicilio: Dirección física en Colombia donde operará la empresa.

Duración: Puede ser indefinida, lo cual recomendamos para evitar trámites de renovación.

Identificación de accionistas: Cédula de ciudadanía para colombianos o pasaporte y cédula de extranjería para extranjeros.

Paso a paso: Proceso de constitución

El proceso de constitución de una SAS en Colombia se puede completar en 5 a 15 días hábiles siguiendo estos pasos:

# Paso Tiempo estimado
1 Verificación del nombre en el RUES 1 día
2 Redacción de estatutos sociales 1–3 días
3 Firma del documento de constitución —
4 Registro en Cámara de Comercio + NIT provisional 1–2 días
5 NIT definitivo ante la DIAN 1–3 días
6 Apertura de cuenta bancaria 3–7 días
7 Registro de libros contables —

Paso 1: Verificación de nombre (1 día). Consulta la disponibilidad del nombre en el RUES. Si el nombre está disponible, procede con la redacción de estatutos.

Paso 2: Redacción de estatutos sociales (1-3 días). Este es el documento fundacional de la empresa. Debe incluir: nombre, domicilio, objeto social, capital autorizado/suscrito/pagado, clase y número de acciones, forma de administración, nombre del representante legal, y duración. Un abogado especializado puede redactar estatutos que protejan tus intereses y faciliten futuras rondas de inversión.

Paso 3: Firma del documento de constitución. Los accionistas firman el documento privado de constitución. No requiere escritura pública (ahorro significativo en costos notariales), salvo que se aporten bienes inmuebles.

Paso 4: Registro en Cámara de Comercio (1-2 días). Se presenta el documento de constitución junto con los formularios RUES, formulario de Registro Único Tributario (RUT) y el pago de los derechos de registro. La Cámara de Comercio asigna el NIT provisional.

Paso 5: Obtención del NIT definitivo ante la DIAN (1-3 días). Con el certificado de existencia y representación legal, se completa la inscripción en el RUT y se obtiene el NIT definitivo.

Paso 6: Apertura de cuenta bancaria (3-7 días). Con el NIT definitivo y el certificado de existencia, se abre la cuenta bancaria empresarial. La mayoría de los bancos también solicitan la composición accionaria firmada por el contador y/o el representante legal. Los tiempos varían según el banco.

Paso 7: Registro de libros contables. Se registran los libros de actas, de accionistas y contables en la Cámara de Comercio.

Costos de constituir una SAS en Colombia en 2026

Los costos varían según el capital autorizado y la ciudad. Estos son los rangos aproximados para 2026:

# Concepto Costo aproximado
1 Impuesto de registro 0.7% del capital suscrito (Bogotá) / 0.6% (Cundinamarca)
2 Inscripción en Cámara de Comercio $50,000 – $150,000 COP
3 Formularios RUES ~$8,300 COP por formulario
4 Matrícula mercantil desde ~$73,000 COP
5 Honorarios legales Variable — cotización personalizada en <24h

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Errores comunes al constituir una SAS

Después de asesorar a cientos de emprendedores, estos son los errores más frecuentes que vemos:

No definir un pacto de accionistas. Los estatutos básicos no cubren situaciones como la salida de un socio, la dilución en rondas de inversión, o las cláusulas de vesting. Un pacto de accionistas complementario es clave cuando hay múltiples cofundadores.

Capital autorizado demasiado bajo. Si planeas levantar inversión, un capital autorizado bajo te obligará a reformar estatutos (costo adicional) antes de poder emitir nuevas acciones.

Objeto social demasiado restrictivo. Un objeto social muy específico puede limitar las actividades de la empresa y generar problemas con bancos o clientes corporativos.

No registrar la marca. Constituir la empresa no protege el nombre como marca. El registro de marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es un trámite separado y altamente recomendado.

Ignorar las obligaciones tributarias. Una vez constituida, la SAS tiene obligaciones de declaración de renta, IVA (si aplica), retención en la fuente, e información exógena. No cumplir puede generar sanciones desde el primer año.

Si eres extranjero: lo que necesitas saber

Constituir una SAS en Colombia como extranjero es completamente viable — y más directo de lo que parece. Estos son los cuatro puntos que más importan en tu caso:

Sin restricciones de nacionalidad. Los extranjeros pueden ser accionistas y representante legal de una SAS. Pasaporte y cédula de extranjería son los documentos clave; en algunos casos necesitas un apoderado para trámites presenciales.

Sin mínimo de capital. No hay un mínimo legal de inversión para constituir. Defines el capital según tu plan de negocio y tus necesidades operativas.

Operación remota posible. La mayoría de los trámites se pueden gestionar a distancia con los documentos correctos y apoyo legal local. No necesitas estar en Colombia para que tu empresa quede constituida.

La cuenta bancaria toma más tiempo. El paso 6 suele ser el más largo para extranjeros. Los bancos colombianos tienen requisitos adicionales para no residentes — anticiparse con la documentación correcta marca la diferencia.

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Preguntas frecuentes

Sí. Los extranjeros pueden ser accionistas y representantes legales de una SAS en Colombia. Necesitan cédula de extranjería o pasaporte, y en algunos casos un apoderado en Colombia para los trámites presenciales.

Solo necesitas uno. La SAS permite constitución unipersonal, lo que la hace ideal para emprendedores individuales.

La SAS queda obligada a declarar renta desde su constitución. Sin embargo, solo paga impuesto sobre las utilidades efectivas. Si no genera ingresos, debe presentar declaración en ceros.

Sí. La ley permite transformar una SAS en cualquier otro tipo societario (Ltda., S.A., etc.) y viceversa, mediante reforma estatutaria registrada en Cámara de Comercio.

No. La SAS se constituye por documento privado, lo que reduce costos y tiempos. Solo se requiere escritura pública si se aportan bienes inmuebles al capital.

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